Chilpancingo,
Gro., febrero 27 de 2012 (NOTYMAS).
Diputados locales aprobaron la Ley de Fiscalización Superior del Estado, que
regulará la función de fiscalización superior que realiza el Poder Legislativo
a través de la Auditoría General del Estado.
En el dictamen del nuevo ordenamiento
se señala que el Congreso emite la Ley con el objeto de generar bases para
consolidar una hacienda pública eficiente, responsable y transparente, y bajo
la convicción de que la dinámica política y social del Estado, demanda el
fortalecimiento permanente de sus instituciones públicas para dotarlas de
instrumentos más idóneos para hacer más eficiente su labor.
Expone que la ciudadanía, reclama
transparencia en el uso de los recursos públicos de parte de sus
representantes, por lo que se debe ofrecer mayores garantías de que los
recursos a disposición de los poderes públicos se destinan a los fines que
motivaron su recaudación, que se administrarán con eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez, y que habrán de satisfacer los objetivos a
los que estén destinados, logrando resultados en beneficio de la sociedad, bajo
una estricta y oportuna rendición de cuentas sobre su manejo.
Por eso, dice el documento que resulta
indispensable establecer nuevos mecanismos de control y vigilancia que
garanticen el correcto ejercicio de los recursos públicos, a través de una
planeación que permita verificar hacia dónde se destina el presupuesto, con qué
finalidad, qué beneficios se consiguen, y en qué grado se cumplen los objetivos
del gasto.
Añade que “se trata de contar con
elementos que a la vez de propiciar una rendición de cuentas eficaz, permita
elevar la calidad con la que se ejercen los presupuestos estatales para proveer
una mejora sustancial en su manejo por parte de las distintas entidades
fiscalizadas; al hacerlo, tendremos elementos objetivos para identificar los
ámbitos en donde es necesario fortalecer la transparencia y la rendición de
cuentas, evitando las áreas de opacidad que son contrarias a estas
premisas”.
La nueva Ley tiene 10 títulos, que se
ordenan, en sus primeros tres, a partir de la enunciación de los principios de
la fiscalización superior, el proceso de fiscalización de la cuenta pública,
siguiendo el ciclo de su revisión y los Informes respectivos, para pasar a las
posibles consecuencias como la determinación de daños y perjuicios a la
Hacienda Pública y el fincamiento de responsabilidades a las entidades fiscalizadas
y sus servidores públicos.
El título cuarto tiene como propósito
regular la parte orgánica, las bases para la integración, organización,
competencia y funciones de la Auditoría General, el procedimiento del
nombramiento de su titular, auditores especiales y directores y las facultades
que les corresponden y las bases para el servicio fiscalizador de carrera. Los
títulos quinto, sexto, séptimo y octavo, constituyen las disposiciones que
establecen el marco normativo del actuar y quehacer de los servidores públicos
en torno a la gestión de los recursos públicos.
Finalmente, un cuarto conjunto de
preceptos incorporados a los títulos noveno y décimo, regulan la coordinación
con el Congreso del Estado, las Entidades Fiscalizables, la Auditoría Superior
de la Federación y se incluye la participación ciudadana en la fiscalización
superior; y termina con el Título dedicado
a la vigilancia y evaluación de la Auditoría General y sus servidores públicos,
incluidas las posibles responsabilidades en que incurriesen. (NOTYMAS)