jueves, 8 de agosto de 2013

Exhorta Congreso a Ayuntamientos rindan informes en tiempo y forma



Chilpancingo, Gro., 07 de agosto de 2013.- A propuesta del diputado Eduardo Montaño Salinas, la 60 Legislatura aprobó exhortar  a los 81 Ayuntamientos, a fin de que presenten en tiempo y forma, el informe anual pormenorizado sobre el estado que guarda su administración.

El diputado de extracción priísta recordó que el Congreso local estableció que los Ayuntamientos rendirán su informe en sesión solemne, en la primera quincena del mes de septiembre, y en el último año del mandato podrán rendirlo en la sesión solemne en que el ayuntamiento entrante rinda protesta o en sesión solemne anterior a la fecha de celebración de ésta.

Ante ello dijo que es importante que los 81 Ayuntamientos inicien con los trabajos de elaboración de sus informes, a fin de que en tiempo y forma, cumplan cabalmente con esta disposición legal.

“Por ser esta la primera vez que los cabildos municipales deberán cumplir con este mandato legal a más tardar el 15 de septiembre de este año, y en virtud de que estamos  a cuarenta y cinco días de que se cumpla este plazo a fin de que los gobernados y las autoridades competentes, conozcan sobre el estado que guarda la administración municipal”, dijo el diputado Montaño Salinas.

En el exhorto se señala que, además de rendir el informe deberán enviar copia al Ejecutivo y al Legislativo; además se  instruye a la oficialía mayor del Congreso local, para la asignación de diputados como representantes en la presentación de los informes de gobierno municipal. 


En otros asuntos, a propuesta de los diputados Nicanor adame Serrano y Elí Camacho Goicochea, el Poder Legislativo exhortó al titular de la Procuraduría Agriaría, para que atienda el problema que presentan el ejido de “Morelita y Tiringueo”, del municipio de Tlapehuala, con motivo de la falta de observancia de la Ley Agraria en el cambio de autoridades agrarias: comisario ejidal y comisión de vigilancia, debiéndose instaurar el procedimiento que marca el artículo 40 de la Ley Agraria.

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